Cuando se recibe una prestación por desempleo no se es un trabajador en activo, y por tanto, no se contempla del derecho a disfrutar de vacaciones. Ahora bien, el perceptor de la prestación puede viajar a algún destino vacacional dentro o fuera de España durante un tiempo siempre que se comunique al organismo que tramita la prestación por desempleo. Leer

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