El Tribunal avala que las empresas deduzcan gastos en años posteriores aunque el ejercicio en el que se devengaron se encontrase prescrito. Los magistrados exigen que esta operación no comporte una menor tributación. Leer
El Tribunal avala que las empresas deduzcan gastos en años posteriores aunque el ejercicio en el que se devengaron se encontrase prescrito. Los magistrados exigen que esta operación no comporte una menor tributación. Leer