El Alto Tribunal considera que agosto es un mes inhábil para notificar una resolución recurrible ante los tribunales y que el plazo de dos meses para hacerlo debe comenzar el 1 de septiembre. Leer
El Alto Tribunal considera que agosto es un mes inhábil para notificar una resolución recurrible ante los tribunales y que el plazo de dos meses para hacerlo debe comenzar el 1 de septiembre. Leer