La Agencia Tributaria aclara una duda entre los contribuyentes que han solicitado o piensan solicitar las devoluciones del IRPF pagado de más para los antiguos mutualistas que realizaron doble cotización en los años 60 y 70 del siglo pasado: aunque en muchos casos, «la mili» puede computar para completar cotizaciones para acceder a la jubilación, no es el caso de la devolución de las antiguas mutualidades laborales, salvo casos particulares que habría que justificar con documentación. La clave está en las aportaciones recogidas en la vida laboral. Leer